¿Puede un dron coreano o latinoamericano entrar a EE. UU.? Ruta FCC, arancel y tecnología estadounidense[GeXPs26-0825ES]
¿Puede un dron coreano o latinoamericano entrar a EE. UU.? Ruta FCC, arancel y tecnología estadounidense Una distribuidora de México, Colombia o Chile compra un dron coreano, lo adapta con su marca y quiere venderlo en Estados Unidos. ¿La flexibilización de BIS resuelve la entrada? No. El origen del fabricante, el país del distribuidor y el origen de la tecnología son preguntas distintas. La entrada del modelo nuevo depende primero de la FCC; el costo depende de la Sección 232; y BIS/EAR vuelve a aparecer si el producto o la reexportación incorpora tecnología estadounidense controlada. Fórmula práctica FCC es el permiso de entrada al mercado. La Sección 232 determina el costo de importación. BIS/EAR regula el movimiento internacional de artículos y tecnología de origen estadounidense. Tres medidas que no deben confundirse Medida Pregunta Prioridad FCC ¿Puede el modelo nuevo obtener autorización? Primero Sección 232 ¿Qué arancel y condic...